ANAC aclara que norma de emisiones Euro 6c comenzará a regir desde el 30 de septiembre de 2025
La Asociación Nacional Automotriz de Chile A.G., ANAC, aclara y precisa con sólidos fundamentos técnicos y legales que la norma de emisiones para vehículos livianos y medianos Euro 6c comenzará a regir en nuestro país a contar del 30 de septiembre de 2025, esto es, 12 meses después del plazo originalmente contemplado para ello.
Y que cualquier cambio irracional en este criterio y programa, vastamente sostenido por el Estado de Chile en diversos actos propios, violentaría el principio de “Confianza Legítima” de Derecho Público, ocasionando perjuicios y exponiendo al país a acciones punitivas subsecuentes.
Según Diego Mendoza, secretario general de ANAC, hay tres razones que sostienen lo anterior, todas escritas y recogidas en el proceso de elaboración de la norma (año 2019), y en anteproyectos y etapas de consulta pública ciudadana (PAC):
1. Primero, para la entrada en vigencia de Euro 6c la norma estableció expresamente -como condición previa y habilitante- la necesidad de actualizar la norma sobre calidad de combustibles en Chile, bajando el contenido máximo de azufre en los combustibles disponibles en todo el país, desde los actuales 15 ppm a sólo 10 ppm, siendo este punto un elemento esencial y condicionante para mantener vigentes las garantías de los fabricantes respecto de los límites de emisiones y el estado de los componentes de los vehículos que se vendan en Chile. La certificación Euro 6c conlleva un compromiso de bajar las emisiones de Nox, material particulado y CO en el vehículo, lo cual requiere que Chile cuente con un combustible de alta pureza, ad-hoc para que dichas garantías operen, disponible a lo largo y ancho de todo el país.
El carácter previo y habilitante de la condición de disponibilidad de combustible antes mencionada se reflejó en la siguiente indicación del MMA que se mantiene inalterada hasta hoy: “El combustible debe estar disponible en todo el país al menos 6 meses antes de la entrada en vigencia de Euro 6c, y la norma sobre su disponibilidad debe publicarse 15 meses antes de aquel hito”.
Pues bien, para mantener la entrada en vigencia originalmente prevista para el 30 de septiembre de 2024, dicho combustible de alta pureza debería estar disponible a más tardar el 30 de marzo de 2024 y no el 1 de octubre de 2024 como lo ha indicado el Ministerio de Energía en el Decreto Exento 140/2023. Adicionalmente, dicha norma debió haberse dictada y publicada a más tardar el 30 de junio de 2023, cuestión que no ocurrió, ya que fue publicada el 5 de julio de 2023.
El caso es que la norma vigente dejó en claro que, de producirse el incumplimiento en cualquiera de dichas condiciones, se postergaría automáticamente y sin más trámite la normativa por 12 meses, tal como lo indicó el MMA en las respuestas entregadas en el proceso de consulta pública ciudadana para la elaboración de la norma de emisiones, el año 2019.
Al no haber ocurrido ninguna de las dos condiciones anteriores, la entrada en vigencia de la norma se ha postergado 12 meses de hecho y de derecho, esto es, hasta el 30 de septiembre de 2025.
2. Segundo, todo lo anterior debiese verse reflejado en la nueva norma de calidad de combustibles que actualizará el DS 60/2012 del Ministerio de Energía, que es una normativa de eminente carácter técnico, cuyo proceso ni siquiera se ha iniciado por el Ministerio de Energía. Cabe precisar que al ser ésta una norma técnica que involucra la aplicación efectiva de tratados internaciones de libre comercio, debe, necesariamente, estar sujeta a consulta internacional ante la Organización Mundial de Comercio, además de llevar a cabo tramitaciones locales y aprobaciones ante la Contraloría General de la República. En tal sentido, numerosos fabricantes automotrices en el extranjero -en distintos orígenes- están a la espera que dicha nueva normativa inicie todos estos procedimientos, pues no será posible liberar productos Euro 6c para Chile sin que se actualice conforme al Derecho Internacional la norma oficial.
3. Tercero, todas las informaciones que ANAC, los fabricantes en el extranjero, ENAP y todos los entes públicos concernidos manejaban hasta esta fecha, era que efectivamente la nueva calidad de combustibles estaría disponible en octubre de 2024. De esto se da cuenta, a modo ejemplar, en documentos oficiales que dan cuenta de las siguientes reuniones públicas y formales:
a. Consejo de Ministros para la Sustentabilidad del 4 de junio de 2023, en cuya acta consta que al discutir la norma de emisiones para vehículos pesados, se señaló por el Ministerio de Energía que la nueva calidad de combustibles estaría disponible desde octubre de 2024, lo que fue recibido como una grata sorpresa por el Ministerio de Transportes, y de ello tomaron conocimiento los Ministerios de Hacienda y de Minería, además de otros Ministerios presentes, con aquiescencia a lo menos tácita.
b. Publicación del Ministerio de Energía el pasado 5 de julio, a través del Decreto Exento N°140, que determina la fecha de disponibilidad de combustibles en Chile con el referido nivel más bajo de azufre, tanto para gasolina como para petróleo diésel, desde el 1 de octubre de 2024. Si bien este decreto no detalla ni asegura la disponibilidad en esa fecha en todo el país -como requiere el programa Euro- y tampoco aclara si ENAP -responsable de disponer los combustibles refinados con dicho nuevo límite- comparte dicha fecha como propicia para disponer el nuevo límite máximo de partículas, sí es evidente que el 1 de octubre es una fecha posterior a septiembre de 2024, por lo que por ese simple hecho se postergaría en un año la entrada en vigencia de Euro 6c, por el solo ministerio de la ley, o sea sin más trámite.
c. ENAP reconoce que desde el 1 de octubre de 2024 deberá adecuar sus procesos para disponer del combustible con 10 ppm de azufre. Así ha sido recogido en nota
publicada en medios el día de hoy, y se desprende de la publicación oficial realizada por el Ministerio de Energía señalada en la letra b)
En este contexto, y por los actos propios de los Ministerios concernidos, tanto los fabricantes en el extranjero, como ANAC y los importadores y marcas automotrices que ella reúne, han asumido correcta y justificadamente que el programa Euro 6c se ha postergado de pleno derecho en un año, esto es al 30 de septiembre de 2025, “y que un cambio así de irracional en este criterio y programa, vastamente sostenido por el Estado de Chile en diversos actos propios, violentaría el principio de “Confianza Legítima” de Derecho Público, ocasionando perjuicios y exponiendo al país a acciones punitivas subsecuentes”, precisa Diego Mendoza.
ANAC comparte como principio el apoyo a la movilidad sostenible, responsable con el medioambiente y la no discriminación de productos automotrices que llegan a nuestro país. El sector apoya continuar con la implementación del programa Euro 6c en Chile, pero en la lógica medida que se halle asegurada la disponibilidad permanente y en todo el país de los combustibles necesarios para el correcto funcionamiento de todos los vehículos y con plazos de implementación claros y dictados con la suficiente antelación para poder cumplir con los procesos de importación. De hecho, los fabricantes en el extranjero ya han adecuado sus procesos de producción para poder disponer de los productos automotrices en el mes de septiembre de 2025 en nuestro país.
De este modo, la homologación y certificación de vehículos Euro 6c podrá hacerse por todos los países fabricantes de dichos productos, de plena conformidad con los tratados internacionales que obligan al Estado de Chile, lo que nos permitirá como país honrar y mantener nuestro liderazgo, tanto en lo que concierne al hecho de contar con la norma de emisiones más exigente a nivel mundial; la más avanzada norma de calidad de combustibles en América Latina y, por cierto, como en materia de comercio multilateral.
Cabe señalar finalmente que estas actualizaciones normativas son también necesarias para la norma Euro 6 de vehículos pesados que todavía está en tramitación en el Ministerio del Medio Ambiente y cuya entrada en vigencia quedará también sujeta a la publicación de la norma y a la disponibilidad de combustibles con la nueva calidad, en todo el territorio nacional, sin distinción.